YA PUEDES DISFRUTAR CON NORMALIDAD LAS VACACIONES DEL AÑO

Una Sentencia favorable al trabajador que reivindicaba su derecho al
disfrute de las vacaciones pendientes del año anterior, tras un proceso de ILT previo a su inicio no ha sido finalmente recurrida por el BBVA dado que el Tribunal Supremo tiene fijada Jurisprudencia en el mismo sentido que la Sentencia en cuestión, con lo que la Sentencia ante la demanda de CGT resulta FIRME.

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